¿Sabias qué?

"La enseñanza que deja huella no es la que se hace de cabeza a cabeza, sino de corazón a corazón"

lunes, 15 de enero de 2018

DOCUMENTOS DE FIN DE AÑO QUE DEBEN PRESENTAR LOS DIRECTORES A LA UGEL URUBAMBA




DIRECTIVA  N°  002-GRC/DRE-C/D-UGEL-U/D-GP/2017

ORIENTACIONES COMPLEMENTARIAS A LA  R.M. N°585-MINEDU PARA LA FINALIZACIÓN  DEL AÑO ESCOLAR2017, EN EL ÁMBITO  DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE URUBAMBA EJECUTORA N°308.

I. FINALIDAD

Establecer orientaciones complementarias   y procedimientos para el desarrollo de las actividades de finalización del Año Escolar 2017, en las Instituciones Educativas y Programas Educativos Públicos y Privados de Educación Básica y Técnico Productiva del ámbito de la Unidad de Gestión Educativa Local de Urubamba.

II.   OBJETIVOS:

2.1         Precisar acciones complementarias que deben realizar los directores, docentes, auxiliar y administrativo de las in stituciones educativas de Educación Básica (EBR, EBA, EBE) y Técnico Productivo, para que implementen las actividades de finalización del año escolar 2017, en el marco de la RM N° 627-2016-MINEDU.
2.2         Asegurar la oportuna y adecuada culminación de las actividades del año escolar 2017, con la participación responsable de la comunidad educativa.

III. BASE LEGAL
·       Constitución Política del Perú
·       Ley N.° 28044, Ley General de Educación y su Reglamento D.S.Nº011-2012-ED
·       Ley Nº29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento aprobado por D.S.Nº004-2013-ED.
·       Ley N.° 26549, Ley de los Centros Educativos Privados y sus modificatorias Ley N.° 27665 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº009-2006-ED.
·       Ley Nº28628, Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las instituciones educativas y programas y su Reglamento aprobado por D. S. Nº004-2006-ED.
·       RM. N° 627-2016-MINEDU, Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2017, en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica.
·          RM. N° 644-2016-MINEDU, “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2017 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica: Responsabilidades de las DRE/GRE y las UGEL”.
·          Ley Nº28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como Servicio Público Esencial y su decreto Supremo Nº017-2007-ED que aprueba el Reglamento de Ley.
·          R.M. Nº070-2017-MINEDU, Modifican Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2017, en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”
·          R.M. Nº458-2017-MINEDU, Modifican Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2017, en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica.
·          R.M. Nº470-2017-MINEDU, aprueba las “Orientaciones para la recuperación de las horas lectivas del año escolar 2017 en las instituciones educativas de educación básica afectadas por la paralización de labores de profesores”
·       Directiva N° 015-2009 VMGP/DIGEBA/DPEBA Determinación de  los cinco  primeros puestos a estudiantes que han obtenido los más altos puntajes al concluir el Ciclo Avanzado de Educación Básica Alternativa.
·       Directiva Nº030-2015-DRE-C/DGP/UNEBA, Normas y orientaciones complementarias para el Desarrollo del año Escolar 2016 en EBA.
·       Directiva Nº 041-2010-VMGP/DIGEBA/DPEBA, evaluación de los aprendizajes en la modalidad de Educación Básica Alternativa.
·       Of. Mult. N° 065-2008-VMGP/DIGEBA/DPEBA llenado de certificado EBA
·       Of. Mult. N° 038-2009-VMGP/DIGEBA/DPEBA llenado de Actas y Registros  EBA
·       Resolución Ministerial N° 427-2013-ED Aprueba directiva sobre funcionamiento Semipresencial
·       Directiva N° 020-2013-MINEDU/VMGP-DIGEBA Orientaciones para atención del CEBA Semipresencial.
·       Resolución de Secretaria General Nª 0613-2014-MINEDU que aprueba normas y orientaciones para la organización y funcionamiento de la forma de atención distancia ciclo avanzado CEBAS público y privados
·       RM Nª 276-2009 Aprueba el DCBN    en Ciclo Inicial. Intermedio y Avanzado de EBA.
·       R.M. N.° 451-2014-MINEDU, que crea el Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria.
·       R.M. N.° 0234-2005-ED, que aprueba la Directiva N° 004-2005-VMGP, normas para la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en Educación Básica Regular, modificada por RM N.° 03878-2005-ED, que aprueba la Guía de Evaluación para la educación Técnico Productiva.
·       R.M. N.° 0562-2010-ED, que aprueba la Directiva Nº 041-2010-VMGP/DIGEBA/DPEBA, "Evaluación de los Aprendizajes en la Modalidad de Educación Básica Alternativa”.
·       R.M. N°034 -2015-MINEDU. Aprueba el Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar.
·       R.S.G. N.° 008 - 2015-MINEDU, que aprueba la implementación del Modelo del Servicio Educativo de la Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria.
·       Guía de Evaluación para la educación Técnico Productiva - 2009 y normas específicas.
·       RM N° 199 – 2014 – MINEDU y la RM N° 281-2016-MINEDU
·          R.M.N°321-2017-MINEDU, Reducción de la carga burocrática-Escritorio Limpio.


IV. ALCANCES
4.1   Instituciones y Programas Educativos públicos y privados de Educación Básica y Técnico Productiva del ámbito jurisdiccional de la Unidad de Gestión Educativa Local de Urubamba.


V.  ORIENTACIONES GENERALES
5.1   Las Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2017, aprobadas mediante RM N° 0627-2016-MINEDU son de observancia directa y cumplimiento obligatorio en las IIEE públicas y privadas de la Educación Básica, para la culminación del Año Escolar 2017.
5.2   La UGEL Urubamba, es  responsable de brindar asistencia, supervisar y evaluar a los directores de las II EE públicas y privadas de Educación  Básica y Técnico Productiva.
5.3   Los especialistas de los diferentes niveles y modalidades autorizaran  la clausura del año escolar 2017 de la IE, previa presentación del cumplimiento del Plan de Recuperación y las horas efectivas por nivel.
5.4   La clausura del año escolar en las instituciones educativas y programas educativos se realizará una vez culminadas las clases, de acuerdo a lo establecido en los Planes de Recuperación de Horas Efectivas. Las instituciones educativas y programas educativos públicos que culminen en diciembre realizarán la clausura en la última semana de diciembre 2017, mientras que aquellas que culminen en enero realizarán la clausura a partir del 15 de enero de 2018, según sea el caso:

EBR E DUCACION BASICA REGULAR:
·         PRONOEI                              : 640 HORAS
·         Educación Inicial                    : 900 HORAS
·         Educación Primaria               : 1100 HORAS
·         Educación Secundaria           : 1200 HORAS
·         Educación secundaria JEC   : 1600 HORAS.
EBA EDUCACION BASICA ALTERNATIVA.
·         Modalidad Presencial            : Mínimo 950 horas pedagógicas.
·         Modalidad semipresencial     : mínimo 950 hora
EBE EDUCACION BASICA ESPECIAL
·         Ciclo inicial                             : 1100 horas
·         Ciclo primaria                         : 1100 horas
ETP EDUCACION TECNICO PRODUCTIVA
·         Mínimo 10 meses de duración:  1200 horas
5.5   La evaluación de los aprendizajes en EBR se rige en EBR se rige por lo normado en la Directiva N°

5.6   Los señores directores de las IIEE, con participación del equipo directivo y docente generan y aprueban las actas de evaluación final en el SIAGIE, su cumplimiento es de responsabilidad administrativa y funcional del director. En el caso de CEBA y CETPRO, se entregan físicamente las actas para su visado en la UGEL, lo mismo ocurre con los certificados, previa revisión del especialista de área.
5.7   En el acto de clausura, los directivos y docentes de las instituciones educativas y programas educativos públicos de la educación básica regular, teniendo como referencia las actas oficiales, entregarán a los padres de familia, tutores legales y/o apoderados el informe con los resultados de los logros de aprendizaje de los estudiantes generados por el Sistema de Información de Apoyo de la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE). En el caso de las instituciones educativas del nivel primaria polidocentes focalizadas para implementar el Currículo Nacional de la Educación Básica (CNEB) en el 2017 deben usar el Informe de Progreso del Estudiante que ha sido actualizado por el SIAGIE para tal fin. En los Centros de Educación Básica Alternativa (CEBA) se entregan a los estudiantes la Libreta de información EBA. Con relación a los Centros de Educación Básica Especial (CEBE) y el Programa de Intervención Temprana (PRITE), plan de orientación individual (POI) debe entregarse a los padres de familia, tutores legales y/o apoderados.
5.8   En las instituciones educativas y programas educativos se emitirán las actas oficiales teniendo en cuenta los resultados de aprendizaje generados por el SIAGIE.
5.9   Concluidas las clases en las instituciones educativas, se deberá priorizar el ingreso en el SIAGIE de las notas correspondientes al alumnado del 5° grado de secundaria de Educación Básica Regular; y en el caso del alumnado del 4° grado de ciclo avanzado de Educación Básica Alternativa en las actas consolidadas de evaluación. Esto permitirá que las instituciones educativas atiendan preferentemente la emisión de los certificados de estudio a favor de este grupo poblacional, extendiéndoles dicho documento para su oportuna presentación a los Institutos y Universidades de forma gratuita, en caso de solicitarlo para su postulación.
5.10                Las instituciones educativas y programas educativos deberán presentar a la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) correspondiente, el Informe de Gestión Escolar Anual 2017, en el plazo que ésta establezca. Este informe tendrá una extensión máxima de 5 páginas y contendrá el reporte de cumplimiento de los 5 Compromisos de Gestión Escolar.
5.11    Las instituciones educativas de gestión privada se organizan y conducen su gestión conforme a  lo establecido en la Ley General de Educación, a la Ley N° 26549, Ley de Centros Educativos Privados y Ley N.° 27665, Ley de Protección a la Economía Familiar. Para la entrega de la información de Finalización del Año Escolar se sujetarán a lo establecido en las presentes orientaciones.
5.12    Los directores, en el marco de sus competencias, son responsables de la    dosificación de las tareas escolares, cuando corresponda, de manera que estas sean cortas, necesarias, útiles y de significación para los alumnos, contribuyendo a enriquecer sus aprendizajes. El fin pedagógico es el orientador de la asignación de las tareas escolares.


VI.       ORIENTACIONES ESPECÍFICAS

Con el fin de sistematizar información relevante sobre los resultados de la Gestión Escolar Anual del año 2017, es necesario contar con información cuantitativa y cualitativa por niveles, modalidades y estrategias de intervención desarrolladas durante el año escolar. Para tal efecto, las instituciones educativas públicas y privadas deben remitir la documentación requerida por la UGEL en físico y en un CD hasta el 31 de enero del 2018 indefectiblemente

6.1   Actividades a implementar por las instituciones  y programas educativos.
Las Instituciones y Programas Educativos de Educación Básica y Técnico Productivo, deben elaborar los siguientes documentos:
A)   Informe de Gestión Escolar Anual 2017. (anexo 1)
Es el documento elaborado por el director de la Institución Educativa, con la colaboración del personal directivo, docente, auxiliar y administrativo. Da cuenta de la gestión realizada por la institución o programa educativo durante el año 2017 y contiene la descripción de los hechos más relevantes ocurridos como parte del servicio educativo brindado.

El informe se elabora tomando en cuenta los cinco Compromisos de Gestión Anual Escolar y los Momentos de la Organización del Año Escolar que orientan al logro de los resultados que plantea el sector Educación respecto de la educación que queremos para el Perú, los cuales forman parte de la estructura del informe. En este informe se deberá incluir:
·         Metas para cada uno de sus indicadores, lo que permitirá evaluar su avance y toma de decisiones.
·         Logros, Aspectos a mejorar y acciones para mejorar en el año 2018.
·         Fuentes de verificación, que evidencien el cumplimiento de los compromisos.

B)    Actividades a implementar por la UGEL
·         Las UGEL  consolidan y sistematizan  los informes de Gestión Escolar Anual 2017, integrando niveles y modalidades, presentado por los directores, para remitir a la DREC.


VII.      DOCUMENTOS A ENTREGAR EN LA IIEE

7.1.  EDUCACION BASICA REGULAR

7.1.1 EDUCACIÓN INICIAL.

            La evaluación en el nivel de Educación Inicial es cualitativa y descriptiva, no tiene un fin promocional y sirve solo para conocer el grado de desarrollo de los aprendizajes del niño y niña para su mejor atención en el nivel de educación Primaria.
Al término del año 2017, los responsable de las instituciones Educativas Iniciales y los programas no escolarizados pondrán de conocimiento el informe de Gestión Escolar Anual y entregaran  a los padres de familia o apoderado los siguientes documentos en el momento de la clausura:
a.    Boletas de notas generadas por el sistema de SIAGIE.
b.    Portafolios de trabajo de los niños y niñas.
c.     Portafolio con las fichas de cuaderno de trabajo utilizado por los niños y niñas.
d.    Para el caso de niñas y niños de 5 años que acceden al primer grado de primaria: ficha única de matrícula con el respectivo código de estudiante/DNI partida de nacimiento y certificado de estudios. En caso de niño y niñas con NEE, la Evaluación Psicopedagógica

A.   DE LOS DOCENTES AL DIRECTOR (A) DE LA IE:
a.      Informe de acciones pedagógicas 2017 indicando logros, dificultades y acciones a mejorar el 2018.
b.      Registro auxiliar de evaluación para su visación.
c.      Informe del progreso del  niño (a) emitido por el SIAGIE
d.      Certificados de estudio para su visación
e.      Inventario de bienes y enseres del aula.
f.       Informe domiciliario considerando DNI, Nº de celular, correo electrónico.

B.   DE LAS COORDINADORAS DE PRONOEI A LA UGEL:
a.    Informe de Gestión Escolar Anual 2017.(Anexo 01)
b.    Resumen estadístico: Matricula, retirados, trasladados, por asistencia y  (Información real)
c.     Acta de evaluación generada por el SIAGIE impreso.(Con firma y sello de la docente coordinadora y del PEC)
d.    Informe consignando relación de estudiantes con Necesidades Educativas  Especiales.
e.    Relación de niños y niñas con pre matricula, de 3, 4 y 5 años de edad, al 31 de marzo para el Año Escolar 2018, por PRONOEI, incluyendo fecha de nacimiento, DNI, datos de la madre y padre de familia.
f.      Relación de promotores educativos comunitarios que laboraron el 2017.
g.    Comité de organización para la recepción de los materiales de los PRONOEI, durante las vacaciones, comprometiendo a  la APAFA y autoridades comunales.
h.    Informe de Renovación, Cierre y apertura de PRONOEI, con proyección de resolución.

7.1.2. EDUCACIÓN PRIMARIA

A.   DEL DOCENTE AL DIRECTOR DE I.E:
a.    Informe de acciones pedagógicas 2017 indicando logros, dificultades y acciones a mejorar el 2018.
b.    Registros de evaluación debidamente llenados con sus indicadores respectivos.
c.     Registros oficiales generados por el SIAGIE.
d.    Informe de las comisiones que integró como responsable o como miembro en el año 2017.
e.    Informe estadístico de estudiantes aprobados, requieren recuperación, desaprobados, retirados, trasladados por grados y áreas.
f.      Informe de las competencias, capacidades e indicadores a que requiere recuperar
g.    Informe domiciliario en el que también se consignen datos como: DNI, teléfono/ celular, correo electrónico y/o similar.

7.1.3. EDUCACIÓN SECUNDARIA

A.  DEL DOCENTE AL DIRECTOR DE I.E:
a.    Informe de acciones pedagógicas 2017 indicando logros, dificultades y acciones a mejorar el 2018.
b.    Registros auxiliares debidamente llenados con sus indicadores respectivos.
c.     Registros oficiales generados por el SIAGIE.
d.    Informe estadístico de estudiantes aprobados, requieren recuperación, desaprobados, retirados, trasladados por grados y áreas.
e.    Informe del Plan de Tutoría en el que se especifique los Grados a cargo del docente y la labor cumplida. 
f.      Informe domiciliario haciendo referencia: DNI, teléfono, correo electrónico y similar.


7.1.4  DE LOS DIRECTORES DE LAS II EE DE EBR A LA UGEL
Los directores de la EBR de educación inicial, primaria y secundaria presentara a la UGEL
a)    Informe de Gestión Escolar anual anexo 01
b)    Informe consignando relación de estudiantes con NEEI consignando nombres y apellidos completos, edad, código de estudiantes, grado sección, tipo de necesidad educativa especial, denominación de la II EE y código modular, (Anexo 2)
c)    Cuadro de distribución de horas de la IE con proyección al  año escolar 2018 (educación secundaria) JEC, JER.
d)    Reporte técnico pedagógico consolidado referido a programas y estrategias de intervención de la II EE, primaria y secundaria (primaria y secundaria, (Anexo 3)
e)    Acta visadas por SIAGIE.
f)     Informe de horas efectivas, conforme al aplicativo del monitoreo del PAT compromiso 3.
g)    Actas promocionales de evaluación generadas por el SIAGIE. 
h)    Resumen de estudiantes aprobados y desaprobados por grados y áreas (secundaria)
i)      Relación de los 10 primeros puestos. (Secundaria.)
j)      Expedientes completos de estudiantes que ocuparon los cinco primeros lugares (educación secundaria)  de acuerdo a la RM 1225-85 y su modificatoria RM 321-2017.
k)    Informe de actividades de implementación del enfoque EIB. (modelos: fortalecimiento, revitalización en contextos urbanos). según anexo 4

7.2      EDUCACIÓN BÀSICA ESPECIAL

A.   DE LOS DOCENTES AL  DIRECTOR/A del CEBE, PRITE.
a.    Registro de Evaluación y Asistencia.
b.    Informe Técnico Pedagógico indicando logros, dificultades, alternativas de solución año 2017 y sugerencias para el año 2018.
c.     Informe sobre los Progresos de los estudiantes  para su firma y posterior entrega a los estudiantes y/o Padres de Familia en el momento de la clausura.
d.    Los docentes deberán anexar el informe psicopedagógico, el informe del Programa de Orientación Individual (POI), debiendo contar con la información actualizada del trabajo ejecutado a través del equipo transdisciplinario realizado por Psicología, Trabajo social, terapeuta (lenguaje, físico y ocupacional).

B.   DEL PROFESIONAL NO DOCENTE AL DIRECTOR/A del CEBE, PRITE,   COORDINADOR del SAANEE

a.    Informe final de labor realizada con alumnos, profesores y padres de familia: logros, dificultades y sugerencias.
b.    Relación de estudiantes evaluados y tratamiento respectivo.

C.   DE LOS DOCENTES ITINERANTES AL COORDINADOR DEL SAANEE:
a.    Informe consolidado del trabajo ejecutado de los estudiantes a su cargo.
b.    Informe final, los informes individuales de los estudiantes conteniendo las adaptaciones curriculares trabajadas, así como la situación del estudiante incluido al finalizar el año escolar.
c.     adjuntar las coordinaciones ejecutadas con los docentes inclusivos, institución educativa inclusiva y apoyo de la familia en el proceso de inclusión del menor.

D.   DEL COORDINADOR DEL SAANEE AL DIRECTOR DEL CEBE

a.    Informe final de las acciones de apoyo realizadas en las II.EE. inclusivas.
b.    Informe del cumplimiento de su Plan de Trabajo, considerando, logros, dificultades, alternativas de solución y sugerencias para el 2018.
c.     Informe de las capacitaciones realizadas y la población asistente en cada capacitación ejecutada, adjuntando evidencias del trabajo realizado.
d.    Informe detallado de los alumnos inclusivos y de las instituciones educativas inclusivas, que se encuentran en su base de datos.
e.    Relación de la población a atender en el año escolar 2018.

7.3    EDUCACIÓN BÁSICA ALTERNATIVA

A.   DE LOS DOCENTES AL CEBA
a.    Informe de acciones pedagógicas 2017 indicando logros, dificultades y acciones a mejorar el 2018.
b.    Registro oficiales debidamente llenados.
c.    Actas de evaluación original.

7.4    EDUCACIÓN TÉCNICO PRODUCTIVA

A.   DE LOS DOCENTES A LA DIRECCION DEL CETPRO.
a.    Informe de acciones pedagógicas de los Módulos ocupacionales, indicando logros, dificultades, alternativas de solución año 2017 y sugerencias para el año 2018.
b.    Registro oficiales debidamente llenados.
c.     Actas de evaluación


8        AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA:

8.- DEL DIRECTOR DE LA IE A LA UGEL
·         Inventario de los bienes, muebles enseres y recursos tecnológicos que dispone el AIP y/o CRT, laboratorios y talleres u otros ambientes de la IE.
·         Libros contables y actas de la institución actualizados.
·         El directorio del personal de la IE.
·         Informe sobre saneamiento físico legal
·         Informe sobre sobre los servicios básicos si están a nombre de la IE.

9        AREA DE GESTION INSTITUCIONAL:

DEL DIRECTOR DE IE A LA UGEL
·         Evaluación de Actividades del PAT – 2018.
·         Reporte de información estadística  2017.
10      ORIENTACIONES COMPLEMENTARIAS

a.    Los directores de las instituciones educativas públicas y privadas son los responsables de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en las presentes orientaciones complementarias. Asimismo remitirán la relación de los docentes y administrativos que incumplieron las disposiciones del presente documento con el informe para que la UGEL adopte las acciones administrativas correspondientes. En todos los casos, recomendar a los directores abstenerse de solicitar información y/o informes a los docentes que no coadyuven a la implementación del informe institucional o a su aprovechamiento pedagógico para el logro de aprendizajes de sus estudiantes.
b.    Los directores de las UGEL implementaran las medidas pertinentes para garantizar el cumplimiento de las presentes orientaciones complementarias.
c.     Los directores de las UGEL, remitirán la relación de directores y docentes de las IIEE, que incumplan las disposiciones del presente documento con el informe respectivo, señalando las acciones administrativas adoptadas, bajo responsabilidad funcional.
d.    La Dirección Regional de Educación Cusco, es la entidad responsable de absolver los aspectos no contemplado en el presente documento. El mismo que será publicado en la página Web de las UGEL y la DREC.
e.    Terminante prohibido realizar ampliaciones de secciones, sin previa autorización de la UGEL, bajo responsabilidad administrativa.


URUBAMBA, NOVIEMBRE 2017.












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