- DIRECTIVA
- ANEXOS
DIRECTIVA
N° 002-GRC/DRE-C/D-UGEL-U/D-GP/2017
ORIENTACIONES COMPLEMENTARIAS A LA R.M. N°585-MINEDU PARA LA FINALIZACIÓN DEL AÑO ESCOLAR2017, EN EL ÁMBITO DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE
URUBAMBA EJECUTORA N°308.
I. FINALIDAD
Establecer orientaciones
complementarias y procedimientos para el desarrollo de las
actividades de finalización del Año Escolar 2017, en las Instituciones Educativas
y Programas Educativos Públicos y Privados de Educación Básica y Técnico
Productiva del ámbito de la Unidad de Gestión Educativa Local de Urubamba.
II. OBJETIVOS:
2.1
Precisar acciones complementarias que deben realizar
los directores, docentes, auxiliar
y administrativo de las in stituciones educativas de Educación Básica (EBR,
EBA, EBE) y Técnico Productivo, para que implementen las actividades de
finalización del año escolar 2017, en el marco de la RM N° 627-2016-MINEDU.
2.2
Asegurar la oportuna y
adecuada culminación de las actividades del año escolar 2017, con la participación
responsable de la comunidad educativa.
III. BASE LEGAL
·
Constitución Política
del Perú
·
Ley N.° 28044, Ley
General de Educación y su Reglamento D.S.Nº011-2012-ED
·
Ley Nº29944, Ley de
Reforma Magisterial y su Reglamento aprobado por D.S.Nº004-2013-ED.
·
Ley N.° 26549, Ley de
los Centros Educativos Privados y sus modificatorias Ley N.° 27665 y su
Reglamento aprobado por D.S. Nº009-2006-ED.
·
Ley Nº28628, Ley que
regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las
instituciones educativas y programas y su Reglamento aprobado por D. S.
Nº004-2006-ED.
· RM.
N° 627-2016-MINEDU, Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar
2017, en Instituciones Educativas y Programas de la Educación Básica.
·
RM. N° 644-2016-MINEDU, “Normas y
Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2017 en Instituciones
Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica: Responsabilidades de
las DRE/GRE y las UGEL”.
·
Ley
Nº28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como Servicio Público
Esencial y su decreto Supremo Nº017-2007-ED que aprueba el Reglamento de Ley.
·
R.M.
Nº070-2017-MINEDU, Modifican Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones
para el Desarrollo del Año Escolar 2017, en Instituciones Educativas y
Programas Educativos de la Educación Básica”
·
R.M.
Nº458-2017-MINEDU, Modifican Norma Técnica denominada “Normas y Orientaciones
para el Desarrollo del Año Escolar 2017, en Instituciones Educativas y
Programas Educativos de la Educación Básica.
·
R.M.
Nº470-2017-MINEDU, aprueba las “Orientaciones para la recuperación de las horas
lectivas del año escolar 2017 en las instituciones educativas de educación
básica afectadas por la paralización de labores de profesores”
· Directiva
N° 015-2009 VMGP/DIGEBA/DPEBA Determinación de
los cinco primeros puestos a
estudiantes que han obtenido los más altos puntajes al concluir el Ciclo
Avanzado de Educación Básica Alternativa.
·
Directiva Nº030-2015-DRE-C/DGP/UNEBA, Normas y orientaciones
complementarias para el Desarrollo del año Escolar 2016 en EBA.
·
Directiva Nº
041-2010-VMGP/DIGEBA/DPEBA, evaluación de los aprendizajes en la modalidad de
Educación Básica Alternativa.
· Of. Mult. N° 065-2008-VMGP/DIGEBA/DPEBA llenado de certificado EBA
· Of. Mult. N° 038-2009-VMGP/DIGEBA/DPEBA llenado de
Actas y Registros EBA
·
Resolución
Ministerial N° 427-2013-ED Aprueba directiva sobre funcionamiento Semipresencial
·
Directiva N° 020-2013-MINEDU/VMGP-DIGEBA
Orientaciones para atención del CEBA Semipresencial.
·
Resolución de Secretaria General Nª 0613-2014-MINEDU que aprueba normas y
orientaciones para la organización y funcionamiento de la forma de atención
distancia ciclo avanzado CEBAS público y privados
·
RM Nª 276-2009 Aprueba el DCBN en Ciclo Inicial. Intermedio y Avanzado de EBA.
·
R.M. N.°
451-2014-MINEDU, que crea el Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar
Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación
secundaria.
·
R.M. N.° 0234-2005-ED,
que aprueba la Directiva N° 004-2005-VMGP, normas para la evaluación de los
aprendizajes de los estudiantes en Educación Básica Regular, modificada por RM
N.° 03878-2005-ED, que aprueba la Guía de Evaluación para la educación Técnico Productiva.
·
R.M. N.° 0562-2010-ED,
que aprueba la Directiva Nº 041-2010-VMGP/DIGEBA/DPEBA, "Evaluación de los
Aprendizajes en la Modalidad de Educación Básica Alternativa”.
·
R.M. N°034
-2015-MINEDU. Aprueba el Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación
Física y el Deporte Escolar.
·
R.S.G. N.° 008 -
2015-MINEDU, que aprueba la implementación del Modelo del Servicio Educativo de
la Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del
nivel de educación secundaria.
·
Guía de Evaluación para
la educación Técnico Productiva - 2009 y normas específicas.
· RM
N° 199 – 2014 – MINEDU y la RM N° 281-2016-MINEDU
·
R.M.N°321-2017-MINEDU,
Reducción de la carga burocrática-Escritorio Limpio.
IV. ALCANCES
4.1 Instituciones y Programas Educativos públicos y
privados de Educación Básica y Técnico Productiva del ámbito jurisdiccional de
la Unidad de Gestión Educativa Local de Urubamba.
V. ORIENTACIONES
GENERALES
5.1 Las Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año
Escolar 2017, aprobadas mediante RM N° 0627-2016-MINEDU son de observancia
directa y cumplimiento obligatorio en las IIEE públicas y privadas de la
Educación Básica, para la culminación del Año Escolar 2017.
5.2 La UGEL Urubamba, es responsable de brindar asistencia, supervisar
y evaluar a los directores de las II EE públicas y privadas de Educación Básica y Técnico Productiva.
5.3 Los especialistas de los diferentes niveles y
modalidades autorizaran la clausura del
año escolar 2017 de la IE, previa presentación del cumplimiento del Plan de Recuperación y las horas efectivas por nivel.
5.4 La clausura del año escolar en las instituciones
educativas y programas educativos se realizará una vez culminadas las clases,
de acuerdo a lo establecido en los Planes de Recuperación de Horas Efectivas.
Las instituciones educativas y programas educativos públicos que culminen en
diciembre realizarán la clausura en la última semana de diciembre 2017,
mientras que aquellas que culminen en enero realizarán la clausura a partir del
15 de enero de 2018, según sea el caso:
EBR E DUCACION
BASICA REGULAR:
·
PRONOEI : 640 HORAS
·
Educación
Inicial : 900 HORAS
·
Educación
Primaria : 1100 HORAS
·
Educación
Secundaria : 1200 HORAS
·
Educación
secundaria JEC : 1600 HORAS.
EBA EDUCACION BASICA ALTERNATIVA.
·
Modalidad
Presencial : Mínimo 950 horas
pedagógicas.
·
Modalidad
semipresencial : mínimo 950 hora
EBE EDUCACION BASICA ESPECIAL
·
Ciclo
inicial : 1100
horas
·
Ciclo
primaria : 1100
horas
ETP EDUCACION TECNICO PRODUCTIVA
·
Mínimo
10 meses de duración: 1200 horas
5.5 La evaluación de los aprendizajes en EBR se rige en
EBR se rige por lo normado en la Directiva N°
5.6 Los señores directores de las IIEE, con participación
del equipo directivo y docente generan y aprueban las actas de evaluación final
en el SIAGIE, su cumplimiento es de responsabilidad administrativa y funcional
del director. En el caso de CEBA y CETPRO, se entregan físicamente las actas
para su visado en la UGEL, lo mismo ocurre con los certificados, previa
revisión del especialista de área.
5.7 En el acto de clausura, los directivos y docentes de
las instituciones educativas y programas educativos públicos de la educación
básica regular, teniendo como referencia las actas oficiales, entregarán a los
padres de familia, tutores legales y/o apoderados el informe con los resultados
de los logros de aprendizaje de los estudiantes generados por el Sistema de
Información de Apoyo de la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE). En el
caso de las instituciones educativas del nivel primaria polidocentes
focalizadas para implementar el Currículo Nacional de la Educación Básica
(CNEB) en el 2017 deben usar el Informe de Progreso del Estudiante que ha sido
actualizado por el SIAGIE para tal fin. En los Centros de Educación Básica
Alternativa (CEBA) se entregan a los estudiantes la Libreta de información EBA.
Con relación a los Centros de Educación Básica Especial (CEBE) y el Programa de
Intervención Temprana (PRITE), plan de orientación individual (POI) debe
entregarse a los padres de familia, tutores legales y/o apoderados.
5.8 En las instituciones educativas y programas educativos
se emitirán las actas oficiales teniendo en cuenta los resultados de
aprendizaje generados por el SIAGIE.
5.9 Concluidas las clases en las instituciones educativas,
se deberá priorizar el ingreso en el SIAGIE de las notas correspondientes al
alumnado del 5° grado de secundaria de Educación Básica Regular; y en el caso
del alumnado del 4° grado de ciclo avanzado de Educación Básica Alternativa en
las actas consolidadas de evaluación. Esto permitirá que las instituciones
educativas atiendan preferentemente la emisión de los certificados de estudio a
favor de este grupo poblacional, extendiéndoles dicho documento para su
oportuna presentación a los Institutos y Universidades de forma gratuita, en
caso de solicitarlo para su postulación.
5.10
Las instituciones
educativas y programas educativos deberán presentar a la Unidad de Gestión
Educativa Local (UGEL) correspondiente, el Informe de Gestión Escolar Anual
2017, en el plazo que ésta establezca. Este informe tendrá una extensión máxima
de 5 páginas y contendrá el reporte de cumplimiento de los 5 Compromisos de
Gestión Escolar.
5.11 Las instituciones educativas de gestión privada se
organizan y conducen su gestión conforme a lo establecido en la Ley General de Educación,
a la Ley N° 26549, Ley de Centros Educativos Privados y Ley N.° 27665, Ley de
Protección a la Economía Familiar. Para la entrega de la información de Finalización
del Año Escolar se sujetarán a lo establecido en las presentes orientaciones.
5.12 Los directores, en el marco de sus competencias, son
responsables de la dosificación de las
tareas escolares, cuando corresponda, de manera que estas sean cortas,
necesarias, útiles y de significación para los alumnos, contribuyendo a
enriquecer sus aprendizajes. El fin pedagógico es el orientador de la
asignación de las tareas escolares.
VI. ORIENTACIONES
ESPECÍFICAS
Con el fin de
sistematizar información relevante sobre los resultados de la Gestión Escolar
Anual del año 2017, es necesario contar con información cuantitativa y
cualitativa por niveles, modalidades y estrategias de intervención desarrolladas
durante el año escolar. Para tal efecto, las instituciones educativas públicas
y privadas deben remitir la documentación requerida por la UGEL en físico y en un CD hasta el 31 de enero del 2018
indefectiblemente
6.1 Actividades
a implementar por las instituciones y
programas educativos.
Las
Instituciones y Programas Educativos de Educación Básica y Técnico Productivo, deben
elaborar los siguientes documentos:
A) Informe
de Gestión Escolar Anual 2017. (anexo 1)
Es el
documento elaborado por el director de la Institución Educativa, con la
colaboración del personal directivo, docente, auxiliar y administrativo. Da
cuenta de la gestión realizada por la institución o programa educativo durante
el año 2017 y contiene la descripción de los hechos más relevantes ocurridos
como parte del servicio educativo brindado.
El
informe se elabora tomando en cuenta los cinco Compromisos de Gestión Anual Escolar
y los Momentos de la Organización del Año Escolar que orientan al logro de los
resultados que plantea el sector Educación respecto de la educación que
queremos para el Perú, los cuales forman parte de la estructura del informe. En
este informe se deberá incluir:
·
Metas
para cada uno de sus indicadores, lo que permitirá evaluar su avance y toma de
decisiones.
·
Logros,
Aspectos a mejorar y acciones para mejorar en el año 2018.
·
Fuentes
de verificación, que evidencien el cumplimiento de los compromisos.
B) Actividades a implementar
por la UGEL
·
Las
UGEL consolidan y sistematizan los informes de Gestión Escolar Anual 2017, integrando
niveles y modalidades, presentado por los directores, para remitir a la DREC.
VII. DOCUMENTOS
A ENTREGAR EN LA IIEE
7.1. EDUCACION BASICA REGULAR
7.1.1 EDUCACIÓN
INICIAL.
La evaluación en el nivel de
Educación Inicial es cualitativa y descriptiva, no tiene un fin promocional y
sirve solo para conocer el grado de desarrollo de los aprendizajes del niño y
niña para su mejor atención en el nivel de educación Primaria.
Al
término del año 2017, los responsable de las instituciones Educativas Iniciales
y los programas no escolarizados pondrán de conocimiento el informe de Gestión
Escolar Anual y entregaran a los padres
de familia o apoderado los siguientes documentos en el momento de la clausura:
a.
Boletas
de notas generadas por el sistema de SIAGIE.
b.
Portafolios
de trabajo de los niños y niñas.
c.
Portafolio
con las fichas de cuaderno de trabajo utilizado por los niños y niñas.
d.
Para
el caso de niñas y niños de 5 años que acceden al primer grado de primaria:
ficha única de matrícula con el respectivo código de estudiante/DNI partida de
nacimiento y certificado de estudios. En caso de niño y niñas con NEE, la
Evaluación Psicopedagógica
A. DE LOS DOCENTES AL DIRECTOR (A) DE LA IE:
a. Informe de acciones pedagógicas 2017 indicando
logros, dificultades y acciones a mejorar el 2018.
b. Registro auxiliar de evaluación para su
visación.
c. Informe del progreso del niño (a) emitido por el SIAGIE
d. Certificados de estudio para su visación
e. Inventario de bienes y enseres del aula.
f. Informe domiciliario considerando DNI, Nº
de celular, correo electrónico.
B. DE LAS COORDINADORAS DE PRONOEI A LA UGEL:
a. Informe de Gestión Escolar Anual 2017.(Anexo
01)
b. Resumen estadístico:
Matricula, retirados, trasladados, por asistencia y (Información real)
c. Acta de evaluación generada por el SIAGIE
impreso.(Con firma y sello de la docente coordinadora y del PEC)
d.
Informe consignando relación de estudiantes con Necesidades Educativas Especiales.
e.
Relación de niños y niñas con pre matricula, de 3, 4 y 5 años de edad, al
31 de marzo para el Año Escolar 2018, por PRONOEI, incluyendo fecha de
nacimiento, DNI, datos de la madre y padre de familia.
f.
Relación de promotores educativos comunitarios que laboraron el 2017.
g.
Comité de organización para la recepción de los materiales de los PRONOEI,
durante las vacaciones, comprometiendo a
la APAFA y autoridades comunales.
h.
Informe de Renovación, Cierre y apertura de PRONOEI, con proyección de
resolución.
7.1.2. EDUCACIÓN PRIMARIA
A.
DEL
DOCENTE AL DIRECTOR DE I.E:
a. Informe de acciones pedagógicas 2017 indicando
logros, dificultades y acciones a mejorar el 2018.
b. Registros de evaluación
debidamente llenados con sus indicadores respectivos.
c. Registros oficiales generados
por el SIAGIE.
d. Informe de las comisiones que
integró como responsable o como miembro en el año 2017.
e. Informe estadístico de
estudiantes aprobados, requieren recuperación, desaprobados, retirados,
trasladados por grados y áreas.
f. Informe de las competencias,
capacidades e indicadores a que requiere recuperar
g. Informe domiciliario en el que
también se consignen datos como: DNI, teléfono/ celular, correo electrónico y/o
similar.
7.1.3. EDUCACIÓN SECUNDARIA
A. DEL DOCENTE AL DIRECTOR DE I.E:
a. Informe de acciones pedagógicas 2017 indicando
logros, dificultades y acciones a mejorar el 2018.
b. Registros auxiliares debidamente
llenados con sus indicadores respectivos.
c. Registros oficiales generados
por el SIAGIE.
d. Informe estadístico de
estudiantes aprobados, requieren recuperación, desaprobados, retirados,
trasladados por grados y áreas.
e. Informe del Plan de Tutoría en
el que se especifique los Grados a cargo del docente y la labor cumplida.
f. Informe domiciliario haciendo
referencia: DNI, teléfono, correo electrónico y similar.
7.1.4 DE
LOS DIRECTORES DE LAS II EE DE EBR A LA UGEL
Los directores de la EBR de educación
inicial, primaria y secundaria presentara a la UGEL
a)
Informe
de Gestión Escolar anual anexo 01
b)
Informe
consignando relación de estudiantes con NEEI consignando nombres y apellidos
completos, edad, código de estudiantes, grado sección, tipo de necesidad
educativa especial, denominación de la II EE y código modular, (Anexo 2)
c)
Cuadro
de distribución de horas de la IE con proyección al año escolar 2018 (educación secundaria) JEC,
JER.
d)
Reporte
técnico pedagógico consolidado referido a programas y estrategias de
intervención de la II EE, primaria y secundaria (primaria y secundaria, (Anexo
3)
e)
Acta
visadas por SIAGIE.
f)
Informe
de horas efectivas, conforme al aplicativo del monitoreo del PAT compromiso 3.
g)
Actas
promocionales de evaluación generadas por el SIAGIE.
h)
Resumen
de estudiantes aprobados y desaprobados por grados y áreas (secundaria)
i)
Relación
de los 10 primeros puestos. (Secundaria.)
j)
Expedientes
completos de estudiantes que ocuparon los cinco primeros lugares (educación
secundaria) de acuerdo a la RM 1225-85 y
su modificatoria RM 321-2017.
k)
Informe
de actividades de implementación del enfoque EIB. (modelos: fortalecimiento,
revitalización en contextos urbanos). según anexo 4
7.2 EDUCACIÓN
BÀSICA ESPECIAL
A.
DE LOS DOCENTES AL DIRECTOR/A del CEBE, PRITE.
a. Registro de Evaluación y Asistencia.
b. Informe Técnico Pedagógico indicando
logros, dificultades, alternativas de solución año 2017 y sugerencias para el
año 2018.
c. Informe sobre los Progresos de los
estudiantes para su firma y posterior
entrega a los estudiantes y/o Padres de Familia en el momento de la clausura.
d. Los docentes deberán anexar el informe
psicopedagógico, el informe del Programa de Orientación Individual (POI),
debiendo contar con la información actualizada del trabajo ejecutado a través
del equipo transdisciplinario realizado por Psicología, Trabajo social,
terapeuta (lenguaje, físico y ocupacional).
B.
DEL PROFESIONAL NO DOCENTE AL DIRECTOR/A
del CEBE, PRITE, COORDINADOR del SAANEE
a. Informe final de labor realizada con
alumnos, profesores y padres de familia: logros, dificultades y sugerencias.
b. Relación de estudiantes evaluados y
tratamiento respectivo.
C.
DE LOS DOCENTES ITINERANTES AL COORDINADOR
DEL SAANEE:
a. Informe consolidado del trabajo ejecutado
de los estudiantes a su cargo.
b. Informe final, los informes individuales
de los estudiantes conteniendo las adaptaciones curriculares trabajadas, así
como la situación del estudiante incluido al finalizar el año escolar.
c. adjuntar las coordinaciones ejecutadas con
los docentes inclusivos, institución educativa inclusiva y apoyo de la familia
en el proceso de inclusión del menor.
D.
DEL COORDINADOR DEL SAANEE AL DIRECTOR DEL
CEBE
a. Informe final de las acciones de apoyo
realizadas en las II.EE. inclusivas.
b. Informe del cumplimiento de su Plan de
Trabajo, considerando, logros, dificultades, alternativas de solución y
sugerencias para el 2018.
c. Informe de las capacitaciones realizadas y
la población asistente en cada capacitación ejecutada, adjuntando evidencias
del trabajo realizado.
d. Informe detallado de los alumnos
inclusivos y de las instituciones educativas inclusivas, que se encuentran en
su base de datos.
e. Relación de la población a atender en el
año escolar 2018.
7.3 EDUCACIÓN
BÁSICA ALTERNATIVA
A. DE
LOS DOCENTES AL CEBA
a.
Informe
de acciones pedagógicas 2017 indicando logros, dificultades y acciones a mejorar el 2018.
b. Registro oficiales debidamente llenados.
c. Actas de evaluación original.
7.4 EDUCACIÓN
TÉCNICO PRODUCTIVA
A. DE
LOS DOCENTES A LA DIRECCION DEL CETPRO.
a.
Informe
de acciones pedagógicas de los Módulos ocupacionales, indicando logros,
dificultades, alternativas de solución año 2017 y sugerencias para el año 2018.
b.
Registro
oficiales debidamente llenados.
c.
Actas
de evaluación
8
AREA DE GESTION ADMINISTRATIVA:
8.-
DEL DIRECTOR DE LA IE A LA UGEL
·
Inventario
de los bienes, muebles enseres y recursos tecnológicos que dispone el AIP y/o
CRT, laboratorios y talleres u otros ambientes de la IE.
·
Libros
contables y actas de la institución actualizados.
·
El
directorio del personal de la IE.
·
Informe
sobre saneamiento físico legal
·
Informe
sobre sobre los servicios básicos si están a nombre de la IE.
9
AREA DE GESTION INSTITUCIONAL:
DEL DIRECTOR DE IE A LA UGEL
·
Evaluación
de Actividades del PAT – 2018.
·
Reporte
de información estadística 2017.
10 ORIENTACIONES
COMPLEMENTARIAS
a. Los directores de las instituciones
educativas públicas y privadas son los responsables de garantizar el
cumplimiento de lo dispuesto en las presentes orientaciones complementarias.
Asimismo remitirán la relación de los docentes y administrativos que incumplieron
las disposiciones del presente documento con el informe para que la UGEL adopte
las acciones administrativas correspondientes. En todos los casos, recomendar a
los directores abstenerse de solicitar información y/o informes a los docentes
que no coadyuven a la implementación del informe institucional o a su
aprovechamiento pedagógico para el logro de aprendizajes de sus estudiantes.
b. Los directores de las UGEL implementaran
las medidas pertinentes para garantizar el cumplimiento de las presentes orientaciones
complementarias.
c. Los directores de las UGEL, remitirán la
relación de directores y docentes de las IIEE, que incumplan las disposiciones
del presente documento con el informe respectivo, señalando las acciones
administrativas adoptadas, bajo responsabilidad funcional.
d. La Dirección Regional de Educación
Cusco, es la entidad responsable de absolver los aspectos no contemplado en el
presente documento. El mismo que será publicado en la página Web de las UGEL y
la DREC.
e. Terminante prohibido realizar ampliaciones
de secciones, sin previa autorización de la UGEL, bajo responsabilidad
administrativa.
URUBAMBA, NOVIEMBRE 2017.
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